Éxito judicial. Sentencia que declaraba un despido procedente es nula por ser arbitraria la valoración de la testifical realizada por la juzgadora.


La valoración arbitraria de testigos en juicios de despido disciplinario fue clave en la reciente sentencia de Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictada el 5 de mayo de 2025. En esta sentencia ganada por nuestro despacho, La Sala de lo Social anuló la sentencia del juzgado que declaró procedente el despido de la trabajadora.

Contexto del caso

El Tribunal resolvió el recurso de suplicación planteado por nuestro despacho, que es un recurso extraordinario en el orden social. En estos recursos, solo se pueden revisar las valoraciones de la prueba testifical si resultan ilógicas o arbitrarias. En la práctica, es muy complicado que se accede a la revisión.

El caso presentaba esta excepcionalidad. En este supuesto, la sentencia del juzgado se basó en declaraciones testificales genéricas, incoherentes y sin justificación clara. Esa falta de motivación vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva de la trabajadora.

Importancia de fundamentar las sentencias

La Sala aclaró que la nulidad afecta a la sentencia. De este modo, ordenó devolver las actuaciones al juzgado de origen para que dicte una nueva resolución con la motivación necesaria.

Esta sentencia destaca la importancia de que las resoluciones judiciales se basen en pruebas sólidas y en valoraciones razonadas, no en apreciaciones genéricas o carentes de lógica, especialmente cuando se trata de la valoración de testigos, todo ello para garantizar la seguridad jurídica y la protección de los derechos laborales.

La falta de precisión y la valoración arbitraria de testigos en juicios de despido hacen que el tribunal superior tenga que anular la sentencia para asegurar un nuevo pronunciamiento motivado.

Una victoria que refuerza nuestro compromiso con la defensa de los derechos de los clientes y que supone un paso importante para vetar y evitar la arbitrariedad de los jueces a la hora de dictar sentencias.

La prensa especializada se hizo eco de la sentencia. Adjuntamos enlace directo a la reseña y contenido de la sentencia https://www.laboral-social.com/

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Sentencia del TSJ que reconoce incapacidad permanente por enfermedad meniere

Incapacidad Permanente por enfermedad de Meniere: victoria judicial del despacho

Nuestro despacho ha logrado que una trabajadora obtenga la incapacidad permanente por enfermedad de Meniere en Grado Total. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid nos ha dado la razón.

Una panadera pastelera afectada por enfermedad de meniere, que le provoca vértigos, caídas, acúfenos e hipoacusia bilateral ha conseguido que se le reconozca su derecho a pensión vitalicia por incapacidad permanente total, gracias a la intervención legal de Pedraza Laboral y Seguridad Social. Esta victoria judicial confirma que las dolencias vestibulares pueden justificar esta clase de incapacidad cuando impiden ejercer el trabajo con seguridad.

La enfermedad de Meniere como causa de Incapacidad Permanente

La enfermedad de Meniere provoca alteraciones del equilibrio, mareos intensos, pérdida de audición y otros síntomas que dificultan tareas físicas y de precisión. En este caso, la trabajadora realizaba labores en obrador, en posición de pie prolongada, con maquinaria, exposición a ruidos y exigencias posturales.

Gracias a los informes médicos y periciales presentados, el tribunal confirmó que no podía realizar las funciones fundamentales de su ocupación. Por tanto, procedía declarar su incapacidad permanente total por enfermedad de Meniere.

Sentencia favorable del TSJ de Madrid

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en su sentencia nº 241/2025, de fecha 6 de marzo de 2025, dictada en el recurso de suplicación nº 1014/2024, confirmó la estimación previa del Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid.

Puedes consultar la sentencia en la página del Consejo General del Poder Judicial: Pincha aquí

¿Te han denegado la incapacidad?

Si padeces enfermedades que afectan al equilibrio, oído o movilidad, como el síndrome de Meniere, y tu trabajo implica esfuerzo físico o tareas de riesgo, podrías tener derecho a una pensión. Aunque el INSS deniegue inicialmente tu solicitud, como en este caso, una reclamación bien fundada puede revertir la situación.

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Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 15/02/2024. Se reconoce, por primera vez en España, una prestación en favor de familiares de la Seguridad Social a una hija de una pensionista que era funcionaria de Clases Pasivas.

Sentencia histórica obtenida por nuestro Despacho. Se abre la posibilidad, por primera vez, de que los familiares de este colectivo de funcionarios puedan pedir está prestación. Según nota de prensa del portal «Noticias Jurídicas»: Si bien hasta ahora no se ha otorgado esta pensión a familiares de las Clases Pasivas del Estado, ahora se juzga con perspectiva de género porque las mujeres son las que mayoritariamente dejan todo para cuidar de sus parientes y en ningún lugar de la LGSS se exige que deban ser pensionistas del Régimen General S.S., ya que supondría una desigualdad de trato y una discriminación refleja.

Para ver la nota de prensa y la sentencia completa en Noticias Jurídicas pincha aquí  

Otros medios que se han hecho eco de la sentencia:

Laboral-Social.com

EconomistJurist.es

Incapacidad Permanente en Grado Total para conductor sin retirada de carnet de conducir

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 27/06/2023. Incapacidad Permanente en Grado Total a conductor sin retirada del carnet de conducir

Sentencia de interés obtenida por nuestro despacho: El Tribunal Superior de Justicia de Madrid resuelve conceder INCAPACIDAD PERMANENTE en grado TOTAL para la profesión habitual a nuestro cliente, conductor repartidor de FEDEX, aunque mantenga el carnet de conducir y pueda seguir conduciendo esporádicamente. A efectos de la concesión, se debe valorar todas las tareas de la profesión y si las puede realizar de forma continuada y habitual a lo largo de una jornada laboral a tiempo completo.

Esta sentencia revoca la anterior del Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, que concedió solamente una indemnización de Incapacidad Permanente en Grado de Parcial al trabajador. Dicho Juzgado denegó la pensión de Incapacidad Permanente en Grado Total al sostener que la lesión en la mano derecha le permitía seguir conduciendo al no retirarse el carnet de conducir. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, revoca tal sentencia.

Para ver la sentencia completa pincha aquí (Base de datos del CGPJ).

 Si usted está en un supuesto similar, puede contactar con nosotros en esta página.

Ayuntamiento de Valdemorillo Despido improcedente

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 23/06/2023. Ayuntamiento de Valdemorillo: condenado por Despido Improcedente y obligado a pagar atrasos del salario en «B» de la anterior empresa.

Sentencia de Despido y cantidad obtenida por Pedraza Laboral: el trabajador prestaba servicios en el aparcamiento público de Calle Paz que era gestionado por un grupo de empresas privado. Tras asumir el Ayuntamiento la gestión directa del aparcamiento, la corporación local decide desalojar al trabajador de las instalaciones mediante orden notificada por la Policía Local. La sentencia condena al Ayuntamiento de Valdemorillo por el despido improcedente del trabajador, dado que se debió subrogar (asumir) su relación laboral. También es condenado a pagar los atrasos del salario en «B» que abonaba la empresa anterior al trabajador.

Puede ver la Sentencia completa aquí (base de datos del CGPJ). Si usted está en un supuesto similar, puede contactar con nosotros en esta página.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 19/12/2022. Concede Gran Invalidez y establece como se calcula el complemento adicional en estas pensiones.

Sentencia de nuestra despacho: se concede Incapacidad Permanente en grado de Gran Invalidez. La novedad de la sentencia consiste en que conseguimos precisar como se calcula de la cuantía del complemento de Gran Invalidez. La base de cotización computable para el cálculo del 30% de la última base de cotización que menciona el artículo 196 LGSS para el complemento de gran invalidez es la última base de cotización real COMPLETA de trabajo efectivo de la empleada, lo que supone computar la base de 2.300 euros, que es la de febrero de 2019, descartando la de marzo (que es la que proponía el INSS) porque es incompleta, es decir, no trabajo todos los días del mes.

Puede verla completa en el portal laboral-social.com pinchando aquí

Sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de Madrid de 21/06/2022. Incapacidad Permanente en Grado de Absoluta por Depresión Mayor y Dolor crónico

Sentencia de interés obtenida por el despacho: conceden Incapacidad Permanente Absoluta por DEPRESIÓN MAYOR reactiva a DOLOR CRÓNICO. El Dolor, aunque no exista instrumento de medición objetivo y directo, es valorable a efectos de la concesión de Incapacidad Permanente.

La Sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de Madrid de 21.06.2022, Autos 720/2021, concede a un celador el grado de Absoluta de Incapacidad Permanente, dado que la depresión mayor que padece, secundaria al dolor crónico, le inhabilitada para cualquier clase de trabajo.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 24/01/2022. Despido improcedente de «El Corte Ingles» a pesar de que la trabajadora fue declarada en Incapacidad Permanente en Grado Total.

Sentencia interesante obtenida por PEDRAZA LABORAL: Derecho a una indemnización por Despido Improcedente a pesar de que la trabajadora fue declarada en Incapacidad Permanente en Grado Total.

Una trabajadora de EL CORTE INGLES tiene derecho a una indemnización por despido improcedente a pesar de su declaración en situación de Incapacidad Permanente en Grado Total.

Nuestro despacho consiguió a nuestra clienta, previamente y por sentencia, prestación de Incapacidad Permanente en grado de Total. A continuación, EL CORTE INGLES extinguió el contrato de trabajo de forma irregular por esta razón , provocando la improcedencia del despido y el derecho a una indemnización por despido improcedente de más de 20.000 euros.

La sentencia fue publicada en los medios. Puede ver la sentencia completa en el portal laboral-social.com aquí.

La nota de prensa dice:

«Resuelve un conflicto suscitado a raíz del despido de una trabajadora que se encontraba en situación de incapacidad permanente total cuando dicha situación aún no era firme, por haber recurrido la entidad gestora la sentencia de instancia. La trabajadora, defendida por el Ldo. D. David Pedraza Mañogil, venía prestando servicios para El Corte Inglés desde el año 2005 cuando vio extinguido su contrato de esta forma irregular, provocando su improcedencia y el derecho simultáneo a una eventual indemnización por despido improcedente de más de 20.000 euros. Dado que al tiempo de ser cursada la baja por la empleadora la resolución judicial que declaraba a la trabajadora en situación de IPT no había ganado firmeza, ello supuso que la empresa se precipitase en su actuar, de acuerdo con los términos del artículo 49.1 e) del TRET, y no porque no le cupiera obrar en tal sentido, sino porque no cabía hacerlo en ese preciso momento por cuanto el procedimiento judicial de declaración y reconocimiento de grado de incapacidad aún se encontraba sub judice y, por consiguiente, cabía aún la posibilidad de que fuera revertido el sentido de la primitiva declaración reconocida a favor de la trabajadora. Por tanto, el acto protagonizado por la empleadora se calificó por el Tribunal como de extinción injustificada y sin causa de la relación laboral y, en consecuencia, de despido improcedente en los términos del artículo 56.1 y 2 del TRET. En cuanto a la compatibilidad de la percepción de la indemnización por despido con el abono de la correspondiente prestación por IPT, hay que recordar que la Sala Cuarta del Tribunal Supremo la ha reconocido, entre otras, en su sentencia de 7 de julio de 2015 (rec. núm. 1581/2014). Procedió, por tanto, la estimación del recurso y la declaración de improcedencia del despido operado, condenándose a la mercantil a que, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, optase entre readmitir al trabajador en los mismos términos en que venía prestando sus servicios al tiempo de ser operado su despido con el abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del cese hasta el momento de la reincorporación o a que se le indemnizara en la cuantía correspondiente»

jubilación convenios internacionales UE

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 07/10/2021. Un jubilado finlandés puede optar por la pensión de jubilación exclusivamente española si el importe es superior a la pensión de jubilación comunitaria (UE) de España/Finlandia.

Sentencia obtenida por nuestro despacho. El INSS reconoció a nuestro cliente directamente la pensión de jubilación por Reglamentos de la UE, sin tener en cuenta que la pensión exclusivamente española, es decir, sin tomar las cotizaciones de Finlandia, era de una cuantía superior a la pensión mencionada, por serle de aplicación la legislación anterior a la Ley 27/2011. El Tribunal acoge la petición de esta parte, y se concede a nuestro cliente el derecho a optar por la pensión autóctona española, todo ello, en virtud de los artículos 52.1 a) y 56, Anexo 11 España Apartados 2 a) y b) del Reglamento Comunitario 883/2004.

Puede ver la sentencia completa pinchando aquí. (Base de datos del CGPJ).

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Sentencia del Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid de 12/04/2019. Volkswagen condenada por despido improcedente y cesión ilegal de trabajadores.

Nuestro abogado, David Pedraza, ha obtenido un fallo favorable en un caso laboral contra Volkswagen. El Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid, mediante la Sentencia de fecha 12.04.2019, Autos 1178/2018, ha declarado improcedente el despido de nuestro cliente. Además, ha reconocido la cesión ilegal de la relación laboral por parte de Volkswagen (Wagen Group Retail España S.A). Este fallo abre dos opciones para el trabajador: reincorporarse a la empresa o recibir una indemnización por despido con un salario ajustado al convenio colectivo aplicable a la empresa de automoción.

Este caso destaca por exponer las contrataciones a través de ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A (grupo ADECCO), siendo una cesión ilegal al taller de Volkswagen. La sentencia enfatiza la completa integración del trabajador en las operaciones de Volkswagen, subrayando la coordinación directa y el control ejercido por esta sobre sus tareas.

El Juzgado ha ordenado acciones correctivas, incluyendo la regularización de las cotizaciones del trabajador acorde con el nuevo salario reconocido. La responsabilidad del cumplimiento recae tanto en ATLAS como en Volkswagen, asegurando la indemnización por el despido improcedente.

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